lunes, 6 de octubre de 2014

Y se deben ganar espacios públicos para las áreas verdes

Protección especial de áreas verdes

•  Por: María Fabiola Alfaro Fernández


El impacto visual que se forma en cada persona al observar las plazas, parques, jardineras, que son parte del ornato público con áreas verdes integradas por vegetación baja, media, alta no solamente son elementos que embellecen una ciudad, permite en las urbes mantener el contacto del ser humano con una parte de la naturaleza, cuyas funciones estéticas, paisajísticas, pero sobre todo ambientales se constituyen en el beneficio gratuito de los pobladores ya que los árboles por ejemplo al ocupar un lugar en las jardineras definen los espacios, controlan la contaminación, purifican el aire, disminuyen el ruido, disipan malos olores, sus copas permiten mitigar el calor producido por el sol, son también reguladores del clima, barreras de viento, del mismo modo son la representación de hechos culturales trascendentales, testigos mudos de la historia.

La Organización Mundial de la salud recomienda la presencia de áreas verdes en un valor de 9 m2 por habitante, contrariamente en nuestra ciudad se elimina el espacio verde cuando sobre todo al momento de efectuar construcciones de diversa índole y con el propósito de aprovechar al máximo el espacio de terreno a edificar se destruyen jardines, arrasando árboles incluso frutales, para elevar las construcciones. Lamentable se puede observar la imprudencia de algunos propietarios de edificaciones que realizan la autoconstrucción, refacción, etc., o se asisten por otros responsables, y proceden a descargar escombros, o materiales como, piedra, arena, grava, etc., sobre las jardineras públicas destruyendo no sólo el ornato público sino haciendo desaparecer la posibilidad de vida y crecimiento de la vegetación que la contenía.

Algunos peatones, increíblemente usan las jardineras como depósitos de basura, observan impávidos cómo adolescentes, niños arrancan flores, ramas de árboles, o algún mal conductor en estado de ebriedad arremete contra un "objeto fijo" así denominado en informes policiales y resulta que ese "objeto fijo", era un árbol, que tenía vida, quizá su cronología reflejaba décadas de vida y muere, ¿éstos hechos verdaderamente son sancionados como debería ser?, quitar la vida a un árbol en cualquiera de sus formas por accidente, o aparente progreso es como dar fin a la vida a una persona, pareciera también que no se cumplieran con las disposiciones del Municipio mediante su Departamento de Forestación que dispone que árbol que se elimina debiera ser reemplazado por otros, así como cumplir con la sanción del pago de una multa económica, cuyo monto pecuniario parece ser muy bajo y como efecto no se respeta la vida vegetal.

Cuánto compromiso existe de un ciudadano para cuidar las áreas verdes dentro la ciudad, debiera cumplirse con la política que involucra las áreas verdes privadas y públicas con el valor del suelo incrementando ostensiblemente su valor si contiene vegetación con tablas valorativas dependiendo la especie, tiempo de vida, etc., como ocurre en algunos países que efectivamente se fomenta el desarrollo sostenible con estrategias protectivas contenidas en los Planes Reguladores y normas concordantes; propietarios conscientes de la realidad por la que atraviesa el medio ambiente que integran en las nuevas edificaciones de sus propiedades áreas verdes existentes, o fomentan su aparición dentro y fuera de los predios; igualmente los habitantes se identifican de tal manera con los elementos y sistemas de vida urbanos que individualmente propician la protección y cuidado de áreas verdes públicas ya que las mismas simbolizan la cultura alcanzada en éstas sociedades.



(*) Abogado-Arquitecto

fab_arq@hotmail.com

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